miércoles, 29 de agosto de 2012

Consecuencias politológicas del Congreso de Filosofía del 49




En mi conferencia en el Congreso Nacional de Filosofía organizado por la Universidad Nacional de Cuyo en Mendoza entre el 16 y el 19 septiembre de 2009, sostuve que el Congreso de Filosofía de 1949 había sido realizado bajo la idea de Coriolano Alberini de intentar que en Argentina los genios filosóficos salieran más allá de la universidad, pero finalmente a partir de 1955 se impuso la tesis de Francisco Romero de “la normalidad filosófica”, con lo cual desde hace 60 años producimos profesores de filosofía, algunos investigadores, y casi ningún filósofo. También intenté comprobar, ante el controvertido tema de quién escribió el discurso del general Perón de cierre del Congreso –conocido como La Comunidad Organizada–, que los capítulos sustantivos salieron de manos del General y el resto pertenece a escribas ad hoc muy poco preparados en temas de filosofía. Finalmente, sostuve que las tres consecuencias politológicas del Congreso fueron: a) el lanzamiento de la idea de Comunidad Organizada, como aporte politológico original del peronismo; b) la Constitución del 49, con la primigenia incorporación de derechos humanos de segunda generación; y c) la innovadora Constitución del Chaco de 1951 y su modificación del sistema de representación política de la democracia liberal.
Hace una década, en 1999, cuando realizamos el Congreso de Filosofía y Metapolítica “50 años de La Comunidad Organizada”, que tuvimos el honor de presidir junto con el ilustre filósofo peruano Alberto Wagner de Reyna, éste escribió en esa ocasión: “aquello fue la fiesta de la filosofía adonde llegaron filósofos de todas las latitudes, que venían de la post guerra que siempre es peor que la guerra, y que fueron recibidos por esa Argentina ‘generosa y magnánima’ de Juan Perón”. Medio siglo antes, en 1949, Martin Heidegger, excusándose por no poder concurrir al Congreso de Mendoza, afirmaba: “vuestro país, tan abierto y magnánimo”. Si dos filósofos de fuste utilizan en un espacio de cinco décadas el mismo término: magnanitas, megalopsichia, grandeza de alma, ello nos sugiere algo que estamos obligados a interpretar.
En primer lugar, que el sujeto de este alabancioso adjetivo es el pueblo argentino en su conjunto. San Martín, que no era tan filósofo, decía que “no somos una empanada que se come con sólo abrir la boca”. El rasgo de magnanimidad es compartido por “los pampas”, quienes ofrecieron sin contrapartida sus lanzas para luchar contra los ingleses en 1806; por los primeros conquistadores y colonizadores castellanos de América, a través “del misticismo combativo y heroico castellano-leonés” de que se jactaba ese gran filósofo argentino que fue don Saúl Taborda; y por “los gringos” que vinieron a fines del siglo XIX y principios del XX a habitar este suelo argentino. Ellos fueron portadores de la grandeza de alma que alienta, sin malicia, la realización de las grandes obras. Y así como no hubo empresa por dificultosa y grande que fuera que no intentaran nuestros antepasados castellanos, de la misma manera no hay pueblo grande o chico en la Argentina que no goce de la magnificencia de su Teatro Italiano y su majestuosos edificios. Ambos hicieron las cosas grandes, alentados por la magnanitas, y ambos colaboraron en la construcción de esta nación que es la de todos nosotros. Y en el sentido filosófico lo fue Mendoza a través de Fernando Cruz allá en 1949, como lo fue en septiembre a través de Daniel von Matuschka, quien magnánimamente nos invitó a nosotros, que en 40 años de hacer filosofía nunca hemos caído en la categoría de impenitentes viajeros internacionales de la filosofía, como sucede con ciertos colegas que van de congreso en congreso, hablando por hablar y sin decir que nada es verdadero ni falso, en una avidez de novedades que los lleva a una existencia impropia, a ellos y a quienes padecen escuchándolos (Heidegger dixit).
El primer discurso filosófico del Congreso del 49 estuvo a cargo del maestro Coriolano Alberini (uno más que practicaba la megalopsichia), quien tuvo el mérito –mediante su prepotencia de trabajo, trabajando 18 horas diarias pese a que usó muletas toda su vida– de organizar académicamente la Facultad de Filosofía de la Universidad de Buenos Aires. En esta ponencia afirmó que el Congreso del 49 daría “singular prestigio a la Argentina espiritual… y esperemos que en un futuro florecerán genios filosóficos ajenos a la enseñanza oficial”. Esta libertad espiritual, este vigor del alma en su aplicación a los problemas filosóficos y políticos, es lo que despertó aquel famoso Congreso, pero se fue perdiendo en la medida en que desaparecieron sus actores, para terminar en la nada filosófica de la Argentina de hoy en día. Ya no hay más filósofos del temple de Miguel Angel Virasoro, Luis Juan Guerrero, Nimio de Anquín o Carlos Cossio. Hubo un hecho trágico que quebró la cerviz de un pueblo indómito que se planteaba como potencia a mediados del siglo XX: el cruento golpe de Estado de 1955 que derrocó a Perón y vació las universidades argentinas de las mejores cabezas filosóficas, expulsándolas del ámbito académico. Los grandes responsables fueron los hermanos José Luis y Francisco Romero, que se habían negado en el 49 a participar del Congreso de Filosofía. Así, se realizó en 1955 la primera purga universitaria argentina, expulsando y exonerando a todos aquellos filósofos sospechados de peronistas. A los nombrados agreguemos a Carlos Astrada, Diego Pró y Leonardo Castellani, entre otros.
Tamaña actitud mostró que los pseudofilósofos del liberalismo, de la izquierda progresista y del “gorilismo” no han sabido ni podido cultivar la virtud de reflexionar en la deliberación y, por ende, no han podido crear una comunidad filosófica como lo pudieron hacer las generaciones del 40 y 50 en Tucumán, Mendoza, Córdoba y Buenos Aires. Esta falla terrible se extiende como una mancha durante 60 años de estéril vida filosófica universitaria.
Finalmente, el discurso de Perón de cierre del Congreso no fue escrito por ninguno de los buenos filósofos argentinos de aquella época, pues Astrada, Anquín, Guerrero o Benítez no habrían cometido el error de atribuir a Parménides lo que corresponde a Jenófanes de Colofón, como se hace en el capítulo IV del discurso presidencial. Esto confirma que el discurso fue redactado por varias manos de escribas ad hoc, como sucede en todo el mundo con los discursos académicos que dictan los presidentes. Lo que sí afirmamos, porque lo hemos estudiado detenidamente, cotejando el estilo y los términos de uso diario de los discursos orales de Perón, que en el antepenúltimo y el anteúltimo capítulos –que son los que fijan la idea de comunidad organizada– está, indubitablemente, la mano directa de Perón.

La Comunidad Organizada
El primer efecto político del Congreso fue la idea política de Comunidad Organizada, la que presenta dos lecturas posibles: como sistema social a construir o como sistema de poder. Como sistema social sostiene que el pueblo suelto, aislado, atomizado, no existe. Sólo existe el pueblo organizado, y como tal se transforma en factor concurrente en los aparatos del Estado que le son específicos a cada organización libre del pueblo o cuerpos intermedios en la jerga sociológica. Y como sistema de poder sostiene que el poder procede del pueblo que se expresa a través de sus instituciones intermedias. El poder no procede del gobierno ni del Estado, ni el pueblo delega su poder en las instituciones del Estado. Estas dos lecturas constituyen el círculo hermenéutico que explica la idea de Comunidad Organizada. El pueblo, como pueblo organizado, crea un sistema social que genera un poder político real (no virtual, como en la parodia democrática de “un hombre igual a un voto”) que le permite la recreación permanente de un sistema social para el logro de la “buena vida” (Aristóteles, Etica Nicomaquea).
El presupuesto ideológico de la Comunidad Organizada es su populismo, que consiste en: a) considerar al pueblo como fuente principal de inspiración, b) término constante de referencia, y c) depositario exclusivo de valores positivos. Su hipótesis es que la mayoría siempre tiene razón. Mientras que la crítica política que se desprende de la Comunidad Organizada es que las instituciones formales del Estado demoliberal no alcanzan a expresar las demandas auténticas de los pueblos.
La proposición sobre la que se apoya la idea de Comunidad Organizada está enunciada en lo que se ha dado en llamar las “veinte verdades peronistas”, cuando en la decimonovena se afirma: “constituimos un gobierno centralizado, un Estado organizado y un pueblo libremente organizado”. La explicación de esta proposición la hace Perón en su libro Política y Estrategia, cuando afirma: “el Justicialismo concibe al Gobierno como el órgano de la concepción y planificación, y por eso es centralizado; al Estado como organismo de la ejecución, y por eso es descentralizado; y al pueblo como el elemento de acción, y para ello debe también estar organizado. Los tres factores, gobierno, Estado y pueblo deben actuar armónicamente coordinados y equilibradamente compensados en la ejecución de la misión común. Para que ello ocurra, son necesarias una subordinación ajustada y absoluta del Estado al Gobierno y una colaboración y cooperación inteligentes de las distintas fuerzas del pueblo con el gobierno y las instituciones estatales”. Vemos así cómo Perón fija la función a las organizaciones libres del pueblo, es decir, las denominadas entidades intermedias, sosteniendo que ellas deben ser factores concurrentes en los aparatos del Estado, de modo tal que no sean absorbidas por él, como en el caso del fascismo, ni que tampoco sean elementos de presión en su contra para la toma del poder político, como es el caso del marxismo cuando aún no lo ha conquistado. El carácter de factor concurrente de las organizaciones del pueblo, en tanto elementos de acción, las obliga a trabajar en el ámbito preciso de su representación natural.
Continúa diciendo Perón: “las instituciones estatales, orgánicamente dependientes del gobierno, están naturalmente tuteladas en su acción por el mismo. Las instituciones populares deben recibir del gobierno idéntico trato, ya que son el pueblo mismo, pero no está en manos del gobierno el organizarlas, porque esa organización, para que sea eficaz y constructiva, debe ser popularmente libre”. El gobierno y el Estado no deben intervenir en la vida íntima de gremios, sociedades de fomento, clubes, bibliotecas populares, asociaciones vecinales, etcétera. Ellos tienen una autonomía respecto del Estado y el gobierno, pues como sostiene Perón en su discurso de cierre del Congreso: “al sentido de comunidad se llega desde abajo y no desde arriba”. No debe ser un orden impuesto por el Estado (como sucedió con el fascismo), sino que es un orden impuesto por el trabajo de la base misma del pueblo. Estos organismos naturales de la comunidad surgen de abajo hacia arriba, de manera libre, y su función es ser factores concurrentes en los aparatos específicos del Estado que a cada uno le corresponde. Así, por ejemplo, en el orden laboral los sindicatos deben ser factores concurrentes en aquellos aparatos del Estado que tienen vinculación con el ámbito que ellos cubren, por ejemplo: en el orden profesional, el sindicato de mineros en la Secretaría de Minería, el de docentes en el Ministerio de Educación, y en el ámbito local las comisiones vecinales deben concurrir al municipio, a los efectos de plantear ahí las exigencias que cubren los intereses propios de los ciudadanos que ellos representan.
Perón, en el Primer Congreso de las Comisiones Vecinales de la Capital Federal, en el año 1954, dijo al respecto: “las comisiones vecinales son los sectores organizados de la población que designan sus representantes para que defiendan frente a su gobierno municipal sus propios intereses; en otras palabras, son los entes naturales y lógicos que concurren al gobierno. Posiblemente, en el futuro la Intendencia Municipal pueda orientarse y formar con cada delegado de las comisiones de fomento de cada barrio el verdadero consejo municipal que nos está faltando”. Es decir, las comisiones vecinales y de fomento son representantes naturales de la comunidad local, basándose su poder en una solidaridad de tipo territorial, mientras que el sindicato tiene su fundamento en la representación natural de una solidaridad de base profesional como lo es la rama de producción. Lo interesante es que dentro del proyecto de Comunidad Organizada, los diferentes organismos libres del pueblo se incluyen en la gestión política, sin que por ello sean empleados del gobierno de turno, sino que se insertan en los diferentes aparatos del Estado por su capacidad de sugerir, proponer, orientar e incluso presionar en el ámbito que es propio de su interés, para que las cosas se hagan lo mejor posible.
Es dable destacar que los organismos naturales que el pueblo se da libremente a sí mismo proponen, sugieren, orientan, informan, pero no deciden, como han pretendido los voceros de la socialdemocracia europea, con su idea de cogestión en las Empresas Privadas y de autogestión en las Empresas Públicas. La decisión le corresponde al gobierno, mientras que a los organismos naturales les corresponde crear las condiciones de posibilidad para la decisión correcta. Ellos son órganos consultivos en el estudio y solución de los problemas concernientes a sus ámbitos específicos.
Muestra acá la Comunidad Organizada sus dos aspectos sustantivos: a) como sistema de poder: donde el pueblo se expresa sólo a través de sus instituciones libremente creadas y no lo delega en las instituciones del Estado, porque las instituciones formales no llegan a representar todas sus demandas auténticas; y b) como sistema social a construir, donde el pueblo organizado se transforma en factor concurrente en los aparatos del Estado que le son específicos a cada organización libre del pueblo. Y en este sentido el peronismo estuvo siempre parado en el éxtasis temporal del futuro, causa que explica aún su vigencia.
Entonces podemos decir que la idea de Comunidad Organizada se apoya en los siguientes postulados: a) el hombre es libre sólo en una comunidad libre; b) tiene incidencias reales en la vida de sociedad en la medida en que está organizado, sea tanto por solidaridad local como profesional; y c) puede acceder a una vía próspera y feliz en tanto logra establecer una justicia social distributiva para todos los miembros de la comunidad. De modo que los ideales de libertad, justicia y solidaridad son los postulados y las condiciones necesarias para llevar a cabo la idea de Comunidad Organizada.
Huelga decir que en su fundamento la Comunidad Organizada es más una comunidad de familias, entendida como la primera organización social del hombre, que un tejido complejo de relaciones individuales. “Nuestra comunidad –ha dicho Perón en la conferencia de clausura del Congreso de Filosofía de Mendoza– a la que debemos aspirar es aquella donde la libertad y la responsabilidad son causa y efecto de que exista una alegría de ser fundada en la persuasión de la dignidad propia. Una comunidad donde el individuo tenga realmente algo que ofrecer al bien general, algo que integrar y no sólo su presencia muda y temerosa”.

La Constitución de 1949
Si bien la Constitución fue sancionada el 16 de marzo y el Congreso comenzó el 30 del mismo mes, cabe recordar que el Congreso de Filosofía comenzó a funcionar el 20 de abril de 1948, cuando se lo declaró de carácter nacional. Por eso la segunda consecuencia politológica se produce el año siguiente con el volcado de la idea de Comunidad Organizada aceptada ya como doctrina nacional en la Convención Nacional Constituyente de 1949, conocida como la “Constitución de Sampay”. Esta Constitución se mueve dentro del marco político de la representación liberal burguesa, aunque se caracteriza por tener alto contenido propio del Estado de Bienestar de la época, donde se destacan los artículos 37 al 40 como aportes jurídicos más o menos originales, como lo son los hoy denominados derechos humanos de segunda generación o derechos sociales.
En esta Constitución, los postulados de libertad, justicia y solidaridad vienen a reemplazar a los viejos ideales liberales sostenidos por la Constitución de 1853, tomados del lema de la Revolución Francesa de Libertad, Igualdad y Fraternidad. Como vemos, hay coincidencia en uno de los ideales, que es el de la libertad, pero su interpretación es completamente diferente. La concepción de la libertad según la Constitución de 1853, que es en definitiva la liberal, define a ésta “como poder hacer lo que se quiere”. La libertad se va a presentar como una actitud, una cualidad del individuo más allá de su condicionamiento o de su vinculación social. Por el contrario, la libertad de la concepción justicialista va a ser entendida como “libertad en situación”, es decir, un hombre no puede ser libre en una comunidad que no lo es.
Hay una distinción acá que es fundamental hacer. La concepción social de la libertad está vinculada al antiguo ideal de los filósofos presocráticos, expresado magistralmente por Goethe en aquella frase “dichosa la ley que nos hace libres”. La otra es la concepción de la libertad que vincula a ésta al capricho subjetivo. Esta idea de la libertad se refleja en el apotegma de Hobbes: Homo homini lupus; el hombre es para el hombre un lobo.
El objetivo de lo que se ha llamado la doctrina nacional ha sido el constituir una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana. Ello supone que, en lo externo, se guíe por el principio de las nacionalidades, sostenga la autodeterminación de los pueblos políticamente constituidos y postule una tercera posición que supere al capitalismo liberal y al comunismo marxista. En lo interno, a su vez, tiene como meta la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación, lo que se denomina el bien común general al que se accede a través de la organización de la comunidad. ¿Qué quiere decir esto? Que no puede lograrse el bien común de la Nación si no se establece un régimen en el que todas las unidades que la integran puedan conseguir su propio bien, su objetivo específico. De modo que el marco teórico donde se sitúa la idea de la Comunidad Organizada es dentro del objetivo nacional interno.
Esta idea, considerada según dijimos al comienzo como el aporte original del peronismo al pensamiento político del siglo XX, viene a responder a la pregunta acerca de qué debe ser la polis, o sea la sociedad de los hombres, para una vida próspera y feliz. De modo que la noción de Comunidad Organizada la situamos en el nivel de la sociedad, dentro de la división clásica entre Estado, individuo y sociedad civil. Vendría a ser entonces la idea que propone el peronismo para organizar la sociedad civil y sus relaciones con el Estado y el individuo. Resumiendo este punto, podemos decir que la Comunidad Organizada es un sistema social a construir. Motivo por el cual el peronismo ha quedado siempre como una revolución inconclusa, lo que explica que pasados 60 años siga habiendo mayoritariamente peronistas en la Argentina.

La Constitución del Chaco
La tercera de las consecuencias politológicas se plasmó en la Constitución del Chaco de 1951. Hecho desconocido, olvidado y en gran parte silenciado, que se adelantó en el tiempo al resolver los problemas de la crisis de representatividad política dentro de una Constitución total y raigalmente democrática.
El 8 de octubre de 1951 se creó la Provincia del Chaco, cuya constitución tuvo disposiciones novedosas y polémicas. Su rasgo fundamental es que, salvo mejor opinión –tenemos noticias de que la Constitución de Baviera de 1984 en su artículo 34 establece que “el Senado es la representación de las agrupaciones sociales, económicas, culturales y municipales del país”–, es una de las pocas en el mundo que, desde bases democráticas, modificó el régimen de representación política demoliberal que entiende que sólo los partidos políticos tienen el monopolio de la representatividad política.
Ya el Preámbulo comienza con una novedad: “Nos, los representantes del pueblo trabajador de la Provincia...”, y no como era de uso comenzar: “Nos, los representantes del pueblo…”, a imitación de las constituciones salidas del espíritu de la Revolución Francesa de 1789. La apelación específica al pueblo trabajador ya nos está indicando el carácter específicamente peronista de esta Constitución, pues es sabido que una de las verdades o apotegmas del justicialismo (la número cuatro) dice: “no existe para el Justicialismo más que una clase de hombres: los que trabajan”. Aclarándose a continuación en el mismo Preámbulo que su propósito es “contribuir al afianzamiento de una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana”, en coincidencia con lo declarado también en el Preámbulo de la Constitución Nacional de 1949.
Pero si bien la Constitución del Chaco recogió las disposiciones de carácter económico y social incluidas en la Constitución del 49, existe entre estas dos constituciones una diferencia sustancial, pues la del 49 no llegó a modificar el régimen de representación demoliberal, respetando el monopolio que ejercen los partidos políticos en dicho campo. Los artículos 33 y 118 de la Constitución del Chaco regulan y establecen esta modificación. En ellos se fija que habrá una cámara de representantes compuesta por 30 miembros (el Chaco tenía en la época 450.000 habitantes); 15 provenientes de los listados de los partidos políticos elegidos a pluralidad de votos y por todo el pueblo; y otros 15 representantes también a pluralidad de sufragios, pero sólo votada y compuesta por ciudadanos que pertenezcan a las entidades profesionales. Fue así que esta Constitución fue conocida en su época como “la del doble voto”: el voto por el listado partidocrático y el voto por el listado social. Este mecanismo adoptado no respondió a ninguna concepción previa en la materia, como muy bien lo hace notar Roberto de Jesús Zalazar, pero refleja la mayor dimensión participativa que el pueblo trabajador haya tenido en constitución alguna. Esta Constitución dejó de regir la provincia el 27 de abril de 1956, con motivo del golpe de Estado del 55.
La intención de esta novedosa disposición constitucional fue poner al alcance del pueblo trabajador (obreros, empleados, industriales, comerciantes, profesionales, trabajadores de cualquier rama y oficio) la representación parlamentaria sin tener que subordinarse a las oligarquías que normalmente manejan los partidos políticos. No olvidemos que, en este caso, el mando siempre ha sido de unos pocos.
En cuanto a los antecedentes históricos para su elaboración, según el doctor Millán Ford (Fiscal de Estado durante el primer gobierno provincial de Felipe Gallardo) son los siguientes: en el año 1951 visitó el país el dirigente sindical yugoslavo Takel Rusel, quien se entrevistó con sus pares de la CGT y con Eva Perón, a quienes explicó el sistema constitucional yugoslavo, cuyo rasgo distintivo era la participación de los trabajadores en el poder legislativo. Lo acompañó el politólogo Jovan Djordjevich –quien en su libro Yugoslavia: democracia socialista trabaja el concepto de no-derecho como el ámbito constituido por relaciones intersubjetivas no reguladas actualmente por el derecho, pero que antes sí lo estuvieron–, quien pormenorizó sobre los mecanismos del sistema representativo. La diferencia fundamental entre las dos constituciones es que la yugoslava sostenía el partido único, en tanto que la del Chaco se apoyaba en la pluralidad de partidos.
Pero indudablemente, según nos hizo notar en una carta personal Héctor Antonio Ferreira, fue Evita quien dio el mayor impulso político a esta novedosa Constitución, afirmando: “estos representantes (los del listado social) hablarán por la propia boca del territorio. Serán la voz de la tierra, directa y clara. Dirán lo que saben con pleno conocimiento de causa y pedirán lo que en justicia necesitan”.
En un reportaje realizado el 21 de septiembre de 1992, don Felipe Gallardo, el gobernador que puso en vigencia esta Constitución, afirmaba al respecto: “se trataba de una forma de participación sindical o profesional en uno de los poderes del Estado. Muchos criticaron este sistema, pero era parte del programa de Perón, el que tenía por objeto la formación de una comunidad organizada, la organización del pueblo. No se trataba de un privilegio, era un incentivo para que la gente se organizara por sectores. Porque tanto derecho tenía el obrero organizado como el profesional organizado. Porque es distinto dialogar con un grupo de mecánicos o un grupo de abogados que hacerlo con representantes de sus organizaciones. Y así por medio del ‘voto sindical’ ellos contaban con una representación directa en la Cámara de Diputados. Por eso se estableció el ‘doble voto’: el voto del ciudadano y el voto sindical o profesional. Entonces si usted estaba afiliado a una entidad que integrara la Confederación General del Trabajo, la Confederación General de Profesionales o la Confederación General Económica, usted tenía derecho al ‘doble voto’”.
Desde Platón para acá, todos los grandes filósofos han pretendido influir o proyectarse sobre la política; él lo hizo sobre Dionisio el viejo y también sobre el joven, Aristóteles sobre Alejandro Magno, San Agustín sobre la dirigencia romana por la caída de Roma a manos de Alarico, y hasta un autor aparentemente alejado de la política como Santo Tomás ejerció influencia sobre dos Papas: Alejandro IV y Gregorio X; luego también Descartes lo hizo sobre Cristina de Suecia, Hegel sobre Guillermo II, Heidegger sobre el Reich. La inmensa mayoría de los filósofos argentinos que contribuyeron a la realización de tan excepcional Congreso de Filosofía tuvieron esa misma pretensión, y en función de ello meditaron y barruntaron que el novel gobierno de Perón presentaba una ocasión imperdible para ejercer influencia. Pruebas al canto, participaron activamente marxistas, liberales, fenomenólogos, escolásticos, tomistas, existencialistas y positivistas. Sólo quedaron al margen o –mejor aún– se automarginaron aquellos profesores antiperonistas ab ovo, como el mencionado Francisco Romero, “el capitán filósofo”, como lo denominaba Alejandro Korn.
Pasadas casi seis décadas de la experiencia filosófico-política de la constitución del Chaco, ciertamente las circunstancias han cambiado, pero el tono general de modificación de la representatividad política sigue vigente. Es más, se profundizó con la crítica posterior a la reducción de la democracia a simplemente una partidocracia. Además, a partir de 1970 se viene desarrollando en los países capitalistas avanzados, como sostiene el eminente politólogo Gonzalo Fernández de la Mora, una corriente de pensamiento cuyos sus portavoces más destacados son Schmitter y Lembruch, “cuya preocupación fundamental es encajar dentro del esquema contemporáneo de partitocracia el decisivo de la ‘acción concertada’ entre sindicatos y patronales con eventual presencia gubernamental”. Así, ante un posible poder compartido, los partidarios de la partidocracia desplazan o alojan a los representantes de las organizaciones sociales (sindicatos, cámaras, cooperativas, asociaciones sociales, etcétera) en un Consejo Económico y Social simplemente consultivo, para de esa manera poderlos neutralizar y conservar el poder efectivo de las instituciones políticas que controlan. Hoy son muchos los que desde el campo social piden la reinstauración de los mencionados consejos, pero sin darse cuenta que mientras sigan siendo instituciones meramente consultivas o preceptivas, de poco y nada le sirven a la sociedad y al mundo del trabajo.
La Constitución del Chaco vino a plantear, aun sin decirlo, la clara y distintiva separación entre el corporativismo de Estado típico del fascismo y el corporativismo de comunidad, idea medular del peronismo en tanto teoría política. Es más, el justicialismo nunca habló de corporativismo ni de cuerpos intermedios al estilo de Robert Michels, Mosca o Creuzet, sino de “organizaciones libres del pueblo”. Esto es, creadas libremente por el pueblo, de abajo hacia arriba, sin intervención del Estado. Éste, bajo el principio de “la suficiente representatividad” del Decreto-ley 23.852 del 2 de octubre de 1945, estableció “las condiciones de posibilidad” de las organizaciones profesionales, pero no su creación, que quedó siempre en mano de los trabajadores y del pueblo en su conjunto según sus intereses y necesidades.
Estos antecedentes teóricos nos han hecho proponer la realización de un congreso nacional e internacional sobre este tema específico, donde se planteen estrictamente las posibilidades concretas de instauración de un sistema alternativo al partidocrático actual. Esto sólo puede hacerse desde el peronismo como marco de referencia, pues no olvidemos que él ha quedado como una revolución inconclusa.
A modo de conclusión, podemos afirmar que el Congreso de Filosofía del 49 no sólo tuvo repercusiones y consecuencias politológicas –como las señaladas en esta comunicación– dentro del marco interno de una Argentina que se pensaba y se presentaba en aquella época como “potencia”, como potencialmente poderosa y con algo que decir en el concierto de las naciones. Además, el enfrentamiento que puso de manifiesto el Congreso fue entre dos formas de concebir la tarea filosófica, habiendo marxistas y demócratas tanto de un lado como de otro. Así, en un bando lo tenemos a Alberini y su postulación: “esperemos que en un futuro florecerán genios filosóficos ajenos a la enseñanza oficial”; y por el otro a Romero y su postulación de la normalidad filosófica. El Congreso se hizo bajo el espíritu de Alberini, pero como “por los frutos los conoceréis”, llevamos 54 años de opaca vida filosófica, pues triunfó la tesis de Romero, que produjo profesores de filosofía por doquier y casi ningún filósofo. No hubo enfrentamiento político dentro del Congreso. La disputa política se dio ad extra y movilizó muchas voluntades políticas en contra del mismo, como las provenientes, sobre todo, del mundo anglosajón donde Perón era catalogado de tirano y dictador. Así hubo muy pocas comunicaciones de este lado: siete de Estados Unidos y una de Inglaterra; mientras que por el contrario hubo 14 de Italia, 11 de España, 11 de Alemania, 9 de Francia, 7 de México, 5 de Brasil, 4 de Perú, 4 de Portugal, 4 de Suiza, y así una veintena de países.
Este Congreso generó una producción filosófica incomparable, no sólo posterior sino anterior a su realización. Producción que se detuvo abruptamente en 1955. El Congreso de Filosofía de 1949 fue de suyo y por sí mismo un mentís a la tesis sociológica lanzada por el sociólogo Gino Germani y sus discípulos –tanto liberales como progresistas de izquierda–, y tantas veces repetida hasta el cansancio, de que el esplendor de la Universidad Argentina se da desde y gracias a la caída de Perón, hasta “la noche de los bastones largos” de la dictadura de Onganía en 1966. Eso es falso de toda falsedad, la plenitud de la Universidad Argentina en el orden filosófico se plasmó cuando llegan a su flourit, sucesivamente, las generaciones del 25 (de Anquin, Astrada, Guerrero, Aybar y otros) y del 40 (Herrera Figueroa, Casas, Murena, Pró, et alii). Lo grande nace grande, y si no hubiera habido esta sucesión de dos generaciones de filósofos valiosos poseedores de una clara conciencia nacional, no habría sido posible la realización de ese Congreso que rememoramos aquí, por más voluntad política y medios económicos que hubiera tenido a su alcance el gobierno de turno.
Lo que sucedió después todos lo padecemos hoy. La decadencia argentina tiene un comienzo cierto e indubitable, el golpe de Estado del 55, y como es sabido que la ley de la decadencia es que “siempre se puede ser un poco más decandente”, sólo se sale del laberinto como Dédalo y su hijo Ícaro: por arriba. Así, sólo cuando recuperemos aquella magnanitas mentada por Heidegger y Wagner de Reyna al referirse a nosotros, podremos llegar a recuperar la capacidad de preferirnos a nosotros mismos, y dejar de imitar como un espejo opaco que imita y además imita mal.
http://www.ryd.org.ar/leer-articulo/460/consecuencias-politologicas-del-congreso-de-filosofia-del-49/

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